Proconsumidor alerta sobre riesgos de "minigelatinas en cápsulas"
SANTO DOMINGO. Proconsumidor alertó este viernes a la ciudadanía sobre el riesgo a que son expuestos los niños y envejecientes al consumir "minigelatinas en cápsula", debido a que pueden provocar ahogamiento (asfixia), daño neurológico y muerte.
Informó que el Departamento de Inspección y Vigilancia de esa institución inició una investigación en el mercado local sobre dicho producto.
"Ese tipo de dulce o confite por las características del envase, su contenido y el modo de ingerirlo, implica altos riesgos de asfixia, daños neurológicos y muerte", precisa la entidad a través de una nota de prensa.
Se trata de una gelatina con una porción sólida en el centro, elaborada con konjac, un agente espesante, rico en fibra soluble, y no contiene gluten o azúcares, a diferencia de otros agentes espesantes.
La entidad sostiene que estudios realizados muestran que cuando el niño oprime la parte inferior de la cápsula para extraer el contenido, la gelatina sale "disparada" por la lengua hacia la garganta, ayudada por un lubricante que recubre el producto.
"Esas características implican un riesgo potencial de que el niño al momento de su consumo, sufra posible asfixia y potencialmente daños neurológicos, incluso la muerte", alertó.
La directora de Proconsumidor, Altagracia Paulino, informó que se emite la alerta tras conocerse la medida cautelar decretada por la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, el pasado 7 de julio de 2015, mediante Resolución No. 35240, en la que se prohíbe la importación, producción, comercialización, venta y cualquier forma de puesta a disposición del público del producto "minigelatinas en cápsula", al existir evidencia de que su consumo puede causar asfixia e incluso la muerte del consumidor.
La institución, que por función defender los derechos de los consumidores, expresa que da a conocer esta situación para que los padres tomen las medidas de precaución correspondientes, para evitar que ocurran incidentes lamentables.
La alerta de Proconsumidor sobre el consumo de esa golosina está amparada en el artículo 74 de la ley 358-05, que indica que debe aplicarse el principio de precaución cuando existe amenaza para la salud y la seguridad de los consumidores.
Proconsumidor, a través del Departamento de Inspección y Vigilancia, inició una investigación en el mercado local para tomar las medidas que indique el debido proceso en la aplicación de la ley 358-05 de protección a los consumidores en casos de esta naturaleza.
Según informó, en Colombia se han documentado tres casos de afectaciones a la salud de niños por causa del consumo de las "minigelatinas en cápsula", tales como asfixia, broncoaspiración y paro cardiorespiratorio, con secuelas de parálisis cerebral infantil y neurológicas.
Destaca que por esta razón, la venta de ese producto desde hace muchos años se encuentra prohibida tanto en los Estados Unidos como en la Unión Europea.
En Colombia, se han encontrado diferentes denominaciones de estos productos: "Mini Gelatina", "Gel Saborizado de Gelatina", "Gelatina Variedad Con Fruta", "Mini Gelatina de Fruta", "Mini Fruity Gels", "Mini Fruity Jelly" ó "Mini Fruit Bites", y las marcas Shiflis, Mini Fruity Gels, 24 Siete, entre otras, indica la nota de Proconsumidor.
De igual modo, indica la institución, el artículo 36 de la Ley 358-05 establece que el proveedor estará obligado a la adopción de medidas oportunas y a acatar las medidas dispuestas por las autoridades competentes para eliminar o reducir el peligro, incluyendo el retiro o suspensión de los productos o servicios afectados, así como su sustitución o reparación, según sea el caso.
"La Dirección Ejecutiva de Proconsumidor tendrá competencia para hacer exigible esas medidas", añade el artículo 37 de la citada ley.
Por Diario Libre.
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